Constitutional litigation claiming the violation of environmental rights by corporations is exploding in Ecuador. Under the law, standing to file these constitutional actions is given to any citizen in Ecuador, either individually or collectively. Injunctive and compensatory relief is available in these actions and strict liability rules apply. There is no statute of limitations for these claims and the defendant has the burden to prove the lack of actual or potential damages. In addition to damages, courts may grant the plaintiff a financial incentive for bringing the lawsuit of up to ten percent.
In addition, while collective actions are only allowed for environmental matters at the moment, a recent bill to amend the Consumer Defense Law was introduced in Congress seeking to establish a new collective action before an administrative agency (Ministry of Industry and Productivity). The bill grants broad standing to individuals, legal entities, groups, and communities, linked by a common interest. Plaintiffs may seek compensation for damages. No certification or admissibility rules are provided for. The procedure is opt-out and the agency’s ruling is to be published in a major newspaper. Within a year of the publication, class members must file liquidation actions in which they only need to show “summary proof of the alleged damage.” Liquidation actions proceed orally. The ruling is subject to internal appeals before the same agency, and to judicial review through a contentious administrative action.
Spanish Translation:
Los juicios constitucionales que reclaman la violación de derechos ambientales por parte de corporaciones están en boga en Ecuador. De acuerdo con la ley, cualquier ciudadano, tanto individual como colectivamente, tiene legitimación activa para presentar este tipo de juicios. Los tribunales pueden otorgar órdenes de hacer o no hacer e indemnización por daños y las reglas de la responsabilidad objetiva son aplicables. Los reclamos de este tipo no son objeto de prescripción extintiva y el demandado tiene la carga de probar la ausencia de daños actuales o potenciales. Aparte de indemnización por daños, los tribunales pueden otorgar al actor un incentivo monetario por iniciar el juicio de hasta un diez por ciento de la indemnización decretada.
Si bien las acciones colectivas están actualmente permitidas únicamente para asuntos ambientales, un reciente proyecto de ley que busca modificar la Ley de Protección al Consumidor fue introducido en el Congreso para establecer una nueva acción colectiva ante una agencia administrativa (el Ministerio de Industria y Productividad). El proyecto otorga legitimación a individuos, entidades legales, grupos y comunidades unidas por un interés común. Los actores pueden obtener compensación de daños. El procedimiento no incluye normas de certificación o admisibilidad, es “opt-out” y la decisión de la agencia debe ser publicada en un periódico de amplia circulación. Dentro del año siguiente a esta publicación, los miembros de la clase deben presentar acciones de liquidación en los cuales solo deben mostrar “prueba sumaria del alegado daño.” Las acciones de liquidación son orales. La decisión final está sujeta a apelaciones internas ante la misma agencia y a revisión judicial por medio de una acción contencioso administrativa.




